El acuerdo, aprobado por unanimidad, estima parcialmente la denuncia del PSOE por las publicaciones sobre las obras de Morería Baja y Cantarerías, pero descarta abrir un expediente sancionador
La Junta Electoral de Zona de Cartagena ha requerido a la alcaldesa, Noelia Arroyo, y al Ayuntamiento para que retiren una noticia y un vídeo sobre las obras de las calles Morería Baja y Cantarerías, al considerar que su difusión vulnera el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
El acuerdo, fechado el 19 de octubre y aprobado por unanimidad, estima parcialmente la denuncia presentada por el PSOE el pasado 15 de octubre. La resolución considera que los contenidos difundidos en la web municipal y en el perfil oficial del Ayuntamiento en Facebook incluyen alusiones a realizaciones o logros de la gestión pública que no están permitidas durante el periodo electoral.
La Junta requiere al Ayuntamiento y a su alcaldesa para que retiren las publicaciones en el plazo más breve posible y se abstengan de difundirlas por medios públicos hasta la celebración de las elecciones. La resolución también contempla la retirada de esos contenidos de cualquier otra red social o canal institucional en el que se hayan publicado.
La Junta considera que las publicaciones vulneran la LOREG
La denuncia socialista se refería a una información publicada el 13 de octubre sobre el avance de las obras de Morería Baja y Cantarerías, acompañada de un vídeo relacionado con la visita de Noelia Arroyo a la zona.
El PSOE sostenía que la alcaldesa aprovechaba la comunicación institucional para destacar los avances de la actuación y promocionar su gestión.
En sus alegaciones, el Ayuntamiento defendió que la visita tenía carácter técnico y que la información se limitaba a ofrecer datos objetivos sobre el estado de las obras, las mejoras previstas y la situación de las calles afectadas. También argumentó que el contenido respondía al interés de los vecinos y no constituía propaganda electoral.
Sin embargo, la Junta Electoral concluye que las publicaciones cuestionadas infringen el artículo 50.2 de la LOREG, que prohíbe durante el periodo electoral las campañas institucionales que incluyan alusiones a los logros obtenidos por los poderes públicos.
La resolución se apoya asimismo en los criterios establecidos por la Junta Electoral Central sobre los límites de la comunicación institucional durante los procesos electorales.
La denuncia contra el PP queda desestimada
El acuerdo no da la razón al PSOE en todas sus pretensiones. La Junta Electoral desestima la denuncia contra el Partido Popular de Cartagena, al considerar que las actuaciones examinadas se refieren a publicaciones realizadas por el Ayuntamiento y no se acredita la intervención del partido en ellas en los términos necesarios para atribuirle responsabilidad por esos hechos.
Además, el organismo electoral no aprecia causas que justifiquen la incoación de un expediente sancionador en este caso.
Por tanto, la resolución distingue entre la vulneración de la normativa electoral apreciada en las publicaciones institucionales y la ausencia de motivos para iniciar un procedimiento sancionador.
Torres acusa a Arroyo de utilizar los medios municipales
Tras conocerse el acuerdo, el portavoz del PSOE en Cartagena, Manolo Torres, ha criticado el uso que, a su juicio, hace el Gobierno municipal de los canales de comunicación institucionales.
Torres sostiene que la alcaldesa utiliza esos medios para promocionar su gestión mientras, según denuncia, limita el acceso de los grupos de la oposición a la web municipal.
El dirigente socialista considera que los canales del Ayuntamiento deben estar al servicio de todos los ciudadanos y no favorecer los intereses de una formación política.
La resolución de la Junta Electoral respalda la denuncia en lo relativo a las publicaciones sobre las obras de Morería Baja y Cantarerías, aunque no supone una declaración general de que todos los medios municipales se estén utilizando de forma partidista.
