El pleno de la corporación municipal se ha reunido este lunes 2 de noviembre en sesión extraordinaria para llevar a cabo el sorteo público de los integrantes de las mesas electorales de cara a las elecciones generales del próximo 29 de noviembre, a las que están llamadas a votar 158.796 personas empadronadas en Cartagena. En estos comicios pueden votar los ciudadanos españoles residentes en España o en el extranjero.
En total son 261 mesas electorales repartidas en 92 locales y colegios del municipio. Para cada una de ellas se han designado nueve personas: un presidente titular, un vocal 1º y un vocal 2º, así como dos suplentes para cada uno.
Cómo funciona el sorteo
El objeto de la sesión plenaria ha sido la celebración del sorteo público mediante procedimiento informático para obtener tres números del 1 al 999 de entre las listas de electores de cada mesa que cumplen los requisitos necesarios, lo que determina las 2.349 personas que serán llamadas a participar como presidentes, vocales y suplentes.
Los números se obtienen de manera aleatoria: el primero corresponde al presidente, el segundo al vocal 1º y el tercero al vocal 2º. A partir de ellos, se suman 10 a cada uno para obtener los primeros suplentes de presidente y vocales, y otros 10 para designar los segundos suplentes. Se hace así para procurar que no coincidan miembros de una misma familia. Si la persona designada no cumpliera los requisitos, se avanzaría una posición. Y si el número obtenido es superior al de electores de la mesa, se dividirá entre dos hasta encontrar el primero posible.
En el sorteo ha salido el número 469 para el presidente, el 851 para el vocal 1º y el 905 para el vocal 2º. Estos números se pasan al Centro Municipal de Proceso de Datos para obtener los nombres de las personas designadas, que a su vez se comunicarán a la Junta Electoral de Zona, la cual ordenará su notificación a la Policía Local.
Un derecho y un deber cívico
Tal y como recoge la legislación electoral, el cargo de presidente y vocal de las mesas electorales es un derecho y un deber cívico, que solo se puede excusar por incompatibilidad o fuerza mayor, debidamente acreditada, según las exenciones que establece la Junta Electoral Central.
A cambio, los presidentes y vocales que ejerzan esta función tendrán derecho a un permiso retribuido, si coincide con su jornada laboral, y a unas dietas individuales. Las mesas electorales se pueden consultar de forma telemática a través de la sede electrónica municipal.
